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🧾 Incentivo fiscal● Permanente

👥 Deducción por creación de empleo para personas con discapacidad

Art. 38, Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades

Cuánto te puedes ahorrar

9.000 € o 12.000 € por persona/año de aumento de plantilla

Esta deducción premia crear empleo estable para personas con discapacidad. A diferencia de las bonificaciones de la Seguridad Social, es una deducción directa en la cuota del Impuesto sobre Sociedades, y además es compatible con ellas.

Porcentajes de deducción

Por persona/año de aumento de plantilla con discapacidad ≥33% y <65%
9.000 €
Por persona/año de aumento de plantilla con discapacidad ≥65%
12.000 €

?A quién aplica

  • Empresas que aumentan su plantilla media de trabajadores con discapacidad respecto al año anterior.
  • Compatible con las bonificaciones de la Seguridad Social por contratar a personas con discapacidad.

Requisitos principales

  • 1Que se produzca un incremento de la plantilla media de trabajadores con discapacidad respecto a la del ejercicio anterior.
  • 2La deducción se calcula sobre ese incremento neto de plantilla media.

Cómo aplicarla

  1. 1

    Calcula tu plantilla media de trabajadores con discapacidad del año y del anterior.

  2. 2

    Aplica 9.000 € o 12.000 € por cada persona/año de incremento, según el grado de discapacidad.

  3. 3

    Consigna la deducción en la declaración del Impuesto sobre Sociedades (modelo 200).

Ojo: es por incremento de plantilla

La deducción no es por cada trabajador con discapacidad que tengas, sino por el aumento de la plantilla media respecto al año anterior. Si mantienes la misma plantilla, no genera deducción nueva.

La deducción "clásica" por primer empleo (art. 37)

La deducción general por creación de empleo del art. 37 LIS quedó ligada al "contrato de apoyo a emprendedores", que ya no existe, por lo que en la práctica solo sigue viva la deducción por empleo de personas con discapacidad.

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⚠️ Información orientativa a 2026, con base en la normativa estatal vigente. Las cifras y requisitos pueden variar según tu caso, reformas fiscales o normativa foral. Confírmalo siempre con tu asesor fiscal antes de aplicar la deducción.

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